Visto el desistimiento de la acción realizado en fecha 24 de marzo de 2009 por la ciudadana YEIDI YAQUELIN ESCALONA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.333.268, asistida por la Abog. BELANGEL L. CAMACHO LUCENA, en su carácter de Defensora Pública de Proyección del Niño, Niña y Adolescente, el Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. En consecuencia remítase al Archivo Judicial.