PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 25 marzo del dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: PP01-L-2009-000001
PARTE DEMANDANTE: JESUS SALVADOR URBINA titular de la cédula de identidad Nº V-13.330.592, de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: PEDRO PABLO DURAN CASTELLANO,MIGUEL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado con los números :134.162 Y 65.695
PARTE DEMANDADA: RADIO ESTELAR C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JANETTE OTERO MONTILLA Y ANA JIMENEZ DE NUÑEZ
MOTIVO: Reclamación de de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

En el día hábil de hoy, miércoles 25 de marzo del 2009, las partes presentes acudieron manifestando su voluntar de efectuar la prolongación de la audiencia preliminar adelantada con el propósito de conciliar mediante la auto composición procesal en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia a este acto el Ciudadano: MIGUEL HERNANDEZ , apoderado judicial del accionante, por la otra JANETTE OTTERO apoderada judicial de la accionada, Se le dio inicio a la Audiencia Preliminar, el Juez procedió a impartir las normas que servirán de base a la misma. Se les dio el derecho de palabra a los presentes quienes expusieron en forma sucinta las pretensiones, alegatos a la defensa y puntos de vista sobre el asunto ventilado. El Juez realizó todas las funciones que como mediador le correspondía obteniendo como resultado que las partes de mutuo acuerdo decidieran realizar una transacción que se regirá por las cláusulas siguientes: PRIMERA: La representación de la parte actora solicita en este acto el pago de todos y cada uno de los conceptos reclamados, solicitados en el libelo de la demanda por el trabajador demandante, los cuales se dan por reproducidos en este acto . SEGUNDO: el accionado en este acto con el propósito de conciliar ofrece pagar hoy mismo la cantidad de SIETE MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 7.100) al accionante en cheque de gerencia Banco Sofitasa contra la cuenta 0137-0047-81-000000141 cheque Nª 00149182 TERCERA: La parte acciónate Previa consulta con su mandante manifiesta estar conforme con lo ofrecido y acepta el pago de la cantidad indicada. CUARTA: Ambas partes están de acuerdo y reconocen que nada se debe por conceptos de Honorarios Profesionales generados con ocasión del presente proceso contenido en la presente acta. QUINTA: La demandante reconoce en este acto que nada más tiene que reclamar, por los conceptos especificados en el libelo de demanda, ni por ningún otro, que aún cuando no este incluido en la presente transacción, tal exclusión se debe a que no le correspondía. Igualmente ambas partes están conformes que con la firma de la presente transacción nada se deben por intereses moratorios, indexación, costos y costas del presente proceso. SEXTA: Las partes acuerdan que cualquier cantidad de mas o de menos que haya sido acordada en este acto queda en beneficio de la parte a quien le favorezca y solicitamos al ciudadano Juez, se sirva decretar la Homologación de la transacción contenida en la presente acta. Acto seguido el ciudadano Juez, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en vista de que la mediación ha sido positiva, producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, ya que los acuerdos tienden a garantizar una resolución armoniosa de la controversia a que se refiere el proceso, no siendo contraria a derecho, por no contener la misma la renuncia a derechos irrenunciables derivados de la relación de trabajo y por cuanto no vulnera normas de orden público, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del asunto , y acuerda copias certificadas de esta acta .Igualmente se acuerda la devolución de los escritos de pruebas consignados por las partes. Es todo, se leyó y conforme, firman.


El Juez

Abg.Rafael I. Gainze M.




Apoderados judiciales del actor




Apoderado Judicial del Accionado







La Secretaria,
Abg. Dayana Oliveros