REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL
Guanare, 20 de Mayo de 2009
Años: 199° y 150°
N°________________09
Causa N° 3C-6616-09
JUEZ DE CONTROL N° 3 Abg. Rafael Clemente Mújica Gimenez
IMPUTADO: Carrillo Rojas Rafael José
DEFENSOR PUBLICO Abg. Eduardo Peraza.
ACUSADORA: Fiscal Segunda Ministerio Público Abg. Daniel D´Andrea Golindano.
VICTIMA: Ismael Antonio Colmenares
DELITO: Lesiones Intencionales Leves
SECRETARIO: Abg. Eduardo Berazarte.
Celebrada como fue la audiencia oral en fecha 20 de abril del2009, por este juzgado de primera Instancia en funciones de control Nº 03, en virtud del escrito acusación consignado por antela secretaria de este tribunal, el Fiscal tercero del Ministerio Publico, Abg.: Daniel de Andrea Golindano del primer Circuito de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el articulo 11 y 336 del Código Orgánico Procesal Penal, presento acusación penal en la investigación seguida contra el ciudadano Carrillo Rojas Rafael José, venezolano, de 22 años de edad, soltero, natural de Biscucuy Municipio Sucre, de profesión obrero, titular de la cedula de identidad Nº V-18.705.699, residenciado en la Finca los Dos Viejitos, Caseríos los Alambres, calle principal Municipio Guanare, Estado Portuguesa. Por la comisión del Delito Lesiones Intencionales Tipo Básico, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Orgánico Penal vigente, en perjuicio del ciudadano Ismael Antonio Colmenares, celebrada en Audiencia legal con la presencia de las partes, se pronunciamiento en los términos siguientes:
Elementos de convicción presentado es esta Audiencia.
Acta de Investigación Penal De fecha 29-03-09, suscrita por el funcionario Detective Graterol Eddy, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Folio N° 17
Inspección N° 447:
De Fecha 29-03-2009, suscrita por los funcionarios Detectives Salas Bartolomé y Eddy Graterol, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas sub.-Delegación Guanare. Folio N° 05
Acta de Entrevista:
De fecha 29-03-2009, rendida por el ciudadano Sierra Patiño Carlos Eduardo, ante el cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub.-Delegación Guanare Estado Portuguesa. Folio N° 09
Acta de Entrevista:
De fecha 29-03-2009, rendida por el ciudadano Tarazona Humberto, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub.-Delegación Guanare Estado Portuguesa. Folio N°
Acta de Entrevista:
De fecha 29-03-2009, rendida por el ciudadano Fernández Pérez José Gregorio, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Su.-Delegación Guanare Estado Portuguesa. Folio N° 11
Constancia Médica:
De fecha 29-03-2009, expedida a nombre de: Ismael A. Colmenares, donde deja constancia de: herida con puntos de sutura de aproximadamente 3 cm, en región pectoral izquierda a nivel de 2do espacio intercostal izquierdo con herida auxiliar intercostal y otra herida en forma línea izquierda de aproximadamente 1,3 cm. Suscrita por la Dra. Karina Hidalgo de L., Medico de Guardia del Hospital Dr.
Miguel Oraa. Folio N° 16
Visto y analizado todos los elementos de convicción presentado por la Fiscalía, Revisado el escrito presentado por el representante del Ministerio quien decide y considera que esta lleno el extremo, para realizar una la imputación formal de conformidad articulo 326 de Código Orgánico Procesal Penal, y las pruebas presentadas por la defensa técnica por el Delito de Lesiones, Tipo Básica contemplado en el articulo 413 del código penal tamando en cuenta el nexo causal del imputado Carrillo Rojas Rafael José, en esta Fase el cuerpo del delito por los daños causado y la responsabilidad penal y tomando las Máxima de Experiencia de las pruebas que aprecio el tribunal, y de las reglas de la lógica de los conocimientos científicos, y según la sana critica este Juzgador Decide .Así
DISPOSITIVA.
El Juez oídas las partes En NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; dicta los siguiente pronunciamiento. 1º)- se decreta el presente hecho como flagrante y acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo previsto en los articulo 248y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. 2º)-Acoge la calificación Jurídica presentada por el Ministerio Publico como LESIONES Intencionales TIPO BASICA, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ISMAEL ANTONIO COLMENARES. 4º)-decreta la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad , de la establecida en el articulo 256ordinal 3 de Código Orgánico Procesal Penal ,Consistente en la presentación periódica ante el tribunal una (01) vez al mes , durante 06 meses . Se ordena Librar Boleta de libertad al ciudadano, CARRILLO ROJAS RAFAEL JOSE, Se insta al Ministerio Publico a realizar las investigaciones necesaria a fin de determinar si nos encontramos en presencia de un caso de riña tumultuaria, esto en virtud de lo solicitado por la Defensa. Se deja Constancia que la motiva constara por auto separado, quedan notificada las partes.
EL JUEZ DE CONTROL N º03
ABG: RAFAEL CLEMENTE MUJICA GIMENEZ.
EL SECRETARIO.
ABG. EDUARDO BARAZARTE