REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. SEDE ACARIGUA

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO

En el día de hoy lunes 11 de mayo de 2009, siendo las 10:00 a.m., hora y oportunidad fijada para celebrar la audiencia oral y pública, en la causa, signada con el Nº PP21-L-2007-000848 seguida por el ciudadano FLABIO GARCIA por cobro de salarios caídos contra las empresas MECANICA FORESTAL MEFORCA, C.A., REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A y SMURFIT CARTON DE VENEZUELA S.A. El acto es anunciado por el alguacil, a la puerta de la sala de audiencia. Seguidamente se declara constituido el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, con la presencia de la ciudadana Jueza abogada GABRIELA BRICEÑO VOIRIN, con la asistencia de la Secretaria accidental abogada XIOLEIDY ANAYENSI COLMENAREZ y del Alguacil JAVIER TORREALBA por lo cual se da inicio a la presente audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, licenciado JEAN FRANCO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nº 14.000.155. Seguidamente se deja constancia de la incomparecencia del demandante FLABIO GARCIA ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de las empresas demandadas MECANICA FORESTAL MEFORCA, C.A por medio de su apoderado judicial abogado JESUS ALFREDO LOPEZ POLANCO identificado con matricula de Inpreabogado Nº 16.270 y REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A y SMURFIT CARTON DE VENEZUELA S.A. mediante la abogada BARBARA ELIANA GONZALEZ GONZALEZ inscrita en el Inpreabogado Nº 108.180 quien presentó instrumento poder debidamente otorgado por las empresas antes mencionadas a los fines que sean certificadas sus copias y devuelto el original, que se agrega en seis (06) folios útiles. A tal efecto, esta Juzgadora Primero de Primera Instancia de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa procede aplicar las consecuencias previstas en la Ley, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley declara: DESISTIDA LA ACCIÓN que por cobro de salarios caídos intentó el ciudadano FLABIO GARCIA contra MECANICA FORESTAL MEFORCA, C.A., REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A y SMURFIT CARTON DE VENEZUELA S.A, conforme a lo estatuido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


La Jueza Primera de Juicio Laboral

Abg. Gabriela Briceño Voirin

La Secretaria accidental

Abg. Xioleidy Colmenarez.


Apoderado Judicial de la demandada MEFORCA C.A


Apoderada Judicial de las demandadas REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A y SMURFIT CARTON DE VENEZUELA S.A.


El Técnico Audiovisual
El Alguacil