JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE DE UNDA DEL
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO PORTUGUESA
Chabasquén, 21 de Mayo de 2009.
Años: 199° y 150°
Exp N° 566/2009
Vista la CONCILIACION, celebrada entre los ciudadanos: IVAN ENRIQUE LINARES LINARES y NAYIBI GREGORIA PINEDA PAEZ, en beneficio de sus hijos: X y X. Donde ambas partes acordaron la cantidad de CIENTO SETENTA BOLIVARES (Bs. 170,oo) mensuales, como Obligación de Manutención los cuales será descontados por la nomina de la Gobernación del estado por cuanto el mencionado ciudadano se desempeña como funcionario Policial, a partir del mes de mayo del año en curso y depositados en la misma cuenta de ahorro a nombre de los niños ya aperturaza. Así mismo el padre de los niños cubrirá el 50% de los gastos por concepto: Médicos, uniformes, útiles escolares y estreno en el mes de diciembre.