REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-F-2009-000712

Revisadas como fueron las presentes actuaciones y tratándose de un juicio de DIVORCIO, este Tribunal observa que la ciudadana MARIA FERNANDA CASTILLO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18.950.480, parte actora en el presente juicio, no compareció al PRIMER ACTO CONCILIATORIO, fijado por este Despacho pasados que fueran 45 días continuos, después de que constara en autos la citación de la parte demandada, la cual fue realizada y consignada por ante la U.R.D.D., en fecha 30 de Septiembre de 2009, correspondiendo dicho acto para el día 15 de Noviembre de 2009, se declara extinguido el proceso de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a la parte demandada de la presente decisión. Archívese el expediente en su oportunidad.
La Juez, La Secretaria,


Abg. Eunice Beatriz Camacho M. Abg. Bianca M. Escalona T.


Seguidamente se libro una boleta.
EBCM/BE/ij