PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, doce de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: PP01-L-2009-000167
PARTE DEMANDANTE: Efrén Eduardo Romero Morillo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.729.196, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Ángel Ricardo Barazarte Urbina, Ramsés Gómez Salazar y Virginia Elena Mellado Piña, inscritos en el Inpreabogado con los números 96.215, 91.010 y 108.407.
PARTE DEMANDADA: Cayca Alimentos (CALSA) Sociedad Anónima, debidamente inscrita en el Reigistro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, bajo el Nº 48, Tomo 9-A, de fecha 06 de noviembre de de 2003.
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: Ángel Luís Geretti Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.595.006, de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Ana Jiménez de Nuñez, Juvilmar Gutierrez y Sandy Martín Escalona, debidamente inscritos en el Inpreabogado con los números 8.878, 103.694 y 103.694.
MOTIVO: Prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
Hoy, 12 de noviembre del año 2009, siendo el día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, por una parte, el demandante ciudadano Efrén Eduardo Romero Morillo, y su apoderado judicial, abogado Ángel Ricardo Barazarte Urbina; y por la otra los abogados Ana Jiménez de Nuñez y Juvilmar Gutierrez, apoderados judiciales de la parte demandada Cayca Alimentos (CALSA) Sociedad Anónima; todos identificados en el encabezamiento de esta acta, y con facultades suficientes para actuar en esta Audiencia Preliminar. Acto seguido, luego de las deliberaciones correspondientes, el demandante, ciudadano Efrén Eduardo Romero Morillo, en presencia de su abogado, pide el derecho de palabra, concedido el cual expone: “En vista de la decisión dictada por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, enfecha 06 de noviembre de 2009, en el Recurso PP01-R-2009-000138, que contiene apelación de la causa PP01-L-2009-000163, y en visto lo planteado por los apoderados de la parte accionada, en cuanto a que la motivación de la sentencia citada afecta directamente la presente causa, Desisto del Procedimiento incoado en contra de la sociedad mercantil Cayca Alimentos (CALSA) Sociedad Anónima, a quien se le demandara como beneficiaria de una obra, en la que un contratista de datos desconocidos le fuera ordenada ejecutar, es menester significar que la demanda fue introducida y admitida por el este Tribunal, indicando como demandada únicamente a la empresa Cayca Alimentos (CALSA) Sociedad Anónima, por carecer de información alguna de la persona que fungiera como contratista”. Como consecuencia de lo expuesto por el demandante, por ser el desistimiento del procedimiento un derecho de éste y constituir uno de los medios de auto composición procesal, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en esta causa, dándole efecto de cosa juzgada, ordenando el archivo del expediente, así se decide. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez,
Abg. Carmen Luisa Iglesias Aguiar
LOS COMPARECIENTES:
Demandante,
Efrén Eduardo Romero Morillo
Apoderado Judicial del Demandante,
Abg. Ángel Ricardo Barazarte Urbina
Apoderadas Judiciales de la Parte Demandada,
Abg. Ana Jiménez de Nuñez
Abg. Juvilmar Gutierrez
La Secretaria,
Abg. Dayana Oliveros
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