PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VEENZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL 02

Guanare, 12 de noviembre de 2009
199º y 150º

Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos FREDDY ARMANDO QUERO y YANETH DEL CARMEN SUAREZ DAVILA, titulares de la Cedula de Identidad Nº 11.401.888 y 12.236.013 respectivamente, por ante este Despacho en el día de hoy, sobre la REVISION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN del ciudadano FREDDY ARMANDO QUERO, en beneficio de sus hijos los adolescentes ................de Quince (15) y Trece (13) años de edad respectivamente, la cual ha sido revisada a la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 500,00), y el 50% de todos los gastos de los mencionados adolescentes. Las referidas cantidades de dinero serán depositadas por el padre los últimos de cada mes en la cuenta de ahorros No 0007-0014-20-001010238-1 en Banfoandes, a nombre de los hermanos .......... y a la orden del Tribunal; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los adolescentes en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 ejusdem.

La Jueza,


Abog. Pastora Peña Garcías



La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Milangela p
PP01-V-2009-000561