REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de Guanare
Guanare, 24 de noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO : PP01-S-2009-000642

Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos OLIVO CARMONA y MAGALY DEL CARMEN GONZALEZ GODOY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 9.255.683 y 9.401.980 respectivamente, por ante Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico con Competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el establecimiento de Régimen de Convivencia Familiar, del padre en beneficio de su hija la adolescente ............................. de 16 años de edad, el cual quedo fijado de la siguiente manera: la adolescente compartirá una vez al mes en el hogar de su progenitor, el padre y la madre convienen en lo que respecta a las vacaciones de carnavales, semana santa, vacaciones escolares, las semanas del 24 y 31 de diciembre serán alternos; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares.
El Secretario,

Abg. Alfredo José Oropeza
Alfredo o.-