REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 4 de Noviembre de 2009
199º y 150º


ASUNTO: PP01-V-2009-000603




Visto el desistimiento de la demanda realizado por la Abogada Shyara Esparragoza Velásquez, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño, Niña del Adolescente y la Familia, por cuanto el demandado ciudadano Neptalí José Castañeda Mejias reconoció voluntariamente al niño ......................., de (1) año de edad, manifestando ser su padre biológico; y vista la partida de nacimiento del niño en cuestión, y por cuanto el desistimiento no vulnera los derechos del niño sino por el contrario lo beneficia en virtud de tener derecho de ser reconocido por su padre, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada. Consecuencia archívese el expediente.


La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares.
El Secretario,

Abg. Alfredo José Oropeza
Alfredo o.-