REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUZGADO DE CONTROL

Guanare, 02 de octubre de 2009
Años 199° y 150°

N° _____ -09

N° 3CS-6898-09

Visto el oficio Nº 9700-254-7800, de fecha 30 de septiembre de 2009, suscrito por el jefe de la Sub delegación Guanare T.S.U. Rafael Enrique Mujica Hernández del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, mediante el cual pone a disposición de este Juzgado al ciudadano Gudiño Hidalgo Ángel Octavio, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 44 años de edad, nacido en fecha 16-12-1.964, de estado civil soltero, de profesión u oficio Cauchero, residenciado calle 02 del barrio la Libertad, casa numero 42 Guacara Estado Carabobo, portador de la cedula de identidad Nº V-10.055.901, quien se encuentra requerido por el extinto Juzgado Tercero en lo Penal del estado Portuguesa, por el delito de Lesiones Graves, no indica expediente del tribunal, siendo el mismo aprehendido, aproximadamente a las 11:00 horas de la mañana, del día viernes 25 de septiembre de 2009, por funcionarios adscritos a la Dirección General de Policía de Carabobo, Comisaría del Municipio Guacara, quienes proceden a solicitar por ante el Sistema de Información Integral Policial (SIPOL), información sobre los registros del ciudadano antes mencionado, siendo informados por el Centralista de guardia de control Carabobo, cabo II (PC) Ronald Gil, placa 4642, que sobre ese ciudadano recae comentario solicitado según CG8318 desde el 08/11/95, delegación Guanare requerido por el Juzgado Tercero Penal, Primer Circuito Portuguesa R. 2287, Lesiones Graves, este Tribunal a los fines de resolver su situación procesal requirió al archivo judicial de este Circuito Penal la causa que cursa en contra del ciudadano presentado y puesto a disposición de este Tribunal, correspondiéndole la numeración 5614.
De la revisión de los archivos llevados por el archivo definitivo de esta Circunscripción Judicial de Estado Portuguesa, este Tribunal constata que curso por ante el extinto Juzgado Tercero en lo Penal de esta Circunscripción Judicial causa signada con el número 5614-92, seguida contra el ciudadano Gudiño Hidalgo Ángel Octavio, por la comisión del delito de lesiones graves previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del hecho en perjuicio de Luis Elvidio Jaimes Guiza, habiéndosele dictado sentencia condenatoria en su contra en fecha 21-05-97, condenándolo a cumplir la pena de un año de prisión, otorgándosele posteriormente el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena en fecha 05 de febrero de 1998, por el lapso de un año, beneficio que fue cumplido a cabalidad y en fecha 25-06-99, el mencionado Juzgado ordeno el archivo definitivo del presente expediente, en consecuencia este tribunal en resguardo a sus derechos constitucionales y legales acuerda su libertad y dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en su contra en fecha seis de noviembre de 1995.

En fuerza de las motivaciones que anteceden este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad del ciudadano Gudiño Hidalgo Ángel Octavio, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 44 años de edad, nacido en fecha 16-12-1.964, de estado civil soltero, de profesión u oficio Cauchero, residenciado calle 02 del barrio la Libertad, casa numero 42 Guacara Estado Carabobo, portador de la cedula de identidad Nº V-10.055.901, Oficiese lo conducente y librese boleta de libertad.
Diarícese, regístrese y certifíquese.

La Juez de Control No.3

Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli

La Secretaria,

Abg. Carmen Teresa Sanoja.