REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
GUANARE
Guanare, 20 de Octubre de 2009.
Años: 199° y 150°.
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, hecha por el ciudadano: ENRRIQUE RAUL VALERA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.170.472, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio JOSEFINA MORON DE ZAPATA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 109.382, mediante el cual solicita se les declare a el y a los ciudadanos: EMILIO ANTONIO VALERA BASTIDAS, LUCIO MARCELO VALERA BASTIDAS, RAFAEL RAMON VALERA BASTIDAS, MARGARITA GREGORIA VALERA BASTIDAS, GENARA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS, AMALIA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS y DELFINA DEL CARMEN BASTIDAS, en su condición de hijos y cónyuge respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUCIO RAMON VALERA GUDIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.212.780, quien falleció sin testamento (ab-instestato), el día veintidós de Enero de dos mil ocho, (22-01-2008), en el Hospital Dr. Miguel Oraá de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tal requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia Certificada del Acta de Defunción del Causante: LUCIO RAMON VALERA GUDIÑO. Copia Certificada del Acta de Matrimonio correspondiente a los ciudadanos LUCIO RAMON VALERA GUDIÑO y DELFINA DEL CARMEN BASTIDAS, Copias Certificadas de las Partidas de Nacimientos de los ciudadanos ENRRIQUE RAUL VALERA BASTIDAS, EMILIO ANTONIO VALERA BASTIDAS, LUCIO MARCELO VALERA BASTIDAS, RAFAEL RAMON VALERA BASTIDAS, MARGARITA GREGORIA VALERA BASTIDAS, GENARA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS y AMALIA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS.
Consta en Autos Copias Simples de las cedulas de identidad de los ciudadanos ENRRIQUE RAUL VALERA BASTIDAS, EMILIO ANTONIO VALERA BASTIDAS, LUCIO MARCELO VALERA BASTIDAS, RAFAEL RAMON VALERA BASTIDAS, MARGARITA GREGORIA VALERA BASTIDAS, GENARA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS, AMALIA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS y DELFINA DEL CARMEN BASTIDAS. En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: MARIA GRISELDA DEL CARMEN FERNANDEZ BARAZARTE y HORTENSIA DEL CARMEN DIAZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.258.286 y V-2.490.863 respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ENRRIQUE RAUL VALERA BASTIDAS, EMILIO ANTONIO VALERA BASTIDAS, LUCIO MARCELO VALERA BASTIDAS, RAFAEL RAMON VALERA BASTIDAS, MARGARITA GREGORIA VALERA BASTIDAS, GENARA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS, AMALIA DEL CARMEN VALERA BASTIDAS y DELFINA DEL CARMEN BASTIDAS la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: LUCIO RAMON VALERA GUDIÑO, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículos 822 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez,
Abg. Miriam Sofía Durand Sánchez.
El Secretario,
Abg. Johnny Gutiérrez.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.-Conste.
Srio,
Solicitud N° 0282-09.-
Carol.-
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