PODER JUDICIAL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Guanare, 01 de octubre de 2009
199° y 150°


Asunto: PP01-S-2009-000483


Visto el convenimiento realizado por la Defensoría Pública del Niño, Niña y Adolescente en fecha 29-09-2009, entre los ciudadanos CARLOS AGUSTÍN URBINA VALDERRAMA y LISBETH DEL CARMEN DELGADO JARAMILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.327.589 y 15.588.096, respectivamente, sobre la FIJACIÓN DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de la niña ........................................., tres (03) años de edad, donde el padre buscará a su referida hija al domicilio de la madre todos los días sábados a las 08:00 a.m. y la regresará el mismo día a las 06:00 p.m., en cuanto a los días domingos será de igual forma, en los períodos vacacionales como Carnaval, Semana Santa y diciembre, será compartida una con el padre y una con la madre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Juez,

Abg. Pastora Peña Garcías

La Secretaria,

Abg. Hirbeth Figuera de Henríquez

PPG/fuc/Clarisel m.-