PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 13 de octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO : PP01-S-2009-000514
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Pedro Antonio Toloza Rivas y Dorelys Marilyt Pargas Márquez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 11.399.899 y 18.101.648 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, del padre en beneficio de su hijo el niño ..................................................., de 03 años de edad, el cual quedo fijado de la siguiente manera: El padre buscara a su hijo los días Viernes a las 10:00 AM, y lo devolverá los días lunes a las 10:00 PM , las vacaciones, días de asueto, y días especiales serán alternos entre el padre y la madre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño; el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares.
El Secretario,
Abog. Alfredo Jose Oropeza.
Alfredo o.-
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