PODER JUDICIAL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01
Guanare, 13 de Octubre de 2009
199º y 150º

PP01-S-2009-000520


Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Javier Antonio Pérez y Yecenia Carolina Silva Yépez venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 14.865.900, 18.100.187 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, del padre en beneficio de su hijo el niño ........................... de 5 años de edad el cual quedo fijado de la siguiente manera: El padre ciudadano Javier Antonio Pérez compartirá con su hijo dos (2) fines de semanas al mes desde los días viernes en la tarde hasta los domingos a las 7:00 p.m. Ambos convienen en cuanto a los días feriados, vacaciones navideñas y asuetos regionales y nacionales serán compartidos en forma alternativa y en forma conciliada por cada uno de los padres. En vacaciones escolares el niño compartirá quince (15) días continuos en el hogar del padre. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

La Jueza

Abg. Pastora Peña Garcias.


La Secretaria

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.