PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 5 de octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO : PP01-S-2009-000503

Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos DEISY MARIEL NAVA BOZO Y LUIS ALBERTO GARCIA QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos:20.544.064 y 15.906.646, respectivamente, por ante la Defensoría Pública Segunda para la Protección del Niño y del Adolescente, sobre el establecimiento de la OBLIGACION DE MANUTENCION del ciudadano LUIS ALBERTO GARCIA QUINTERO en beneficio de su hijo: ........................................................ de cinco (5), años de la siguiente manera: PRIMERO: El padre ciudadano LUIS DAVID GARCIA NAVA ofrece en este acto la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES (BsF. 240,00) mensuales los cuales serán entregados a la madre del niño ciudadana DEISY MARIEL NAVA BOZO. SEGUNDO: En relación a los meses de Agosto y Diciembre, el padre ofrece en este acto la cantidad de CUATROSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES (BsF. 480,00) que igualmente serán entregados a la madre. TERCERO: En relación con el vestuario, calzados, medico, medicinas y otros que requiera el niño los mismos serán cubiertos por ambos padres en proporción del cincuenta por ciento (50% ) cada uno. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

La Jueza,

Abog. Pastora Peña
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado .