PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL Nº 02
Guanare, 08 de Octubre de 2009
199° y 150°

El Tribunal previo análisis de todas las actuaciones ha podido constatar que en fecha 02-06-2009, se recibió del Juzgado del Municipio Ospino de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, resultas de la Comisión solicitada debidamente cumplida, por lo que se omitió dejar constancia en fecha 09-06-2009, que era el día la fecha y hora fijada para el Acto Conciliatorio y no comparecieron las partes, así como tampoco se acordó nombrarle Defensor Público a la parte demandante; en consecuencia este Tribunal procede a reponer la causa al estado de notificar nuevamente a la parte demandante y citar al demandado para que comparezca al Acto Conciliatorio y de contestación a la demanda. Y Así se Declara.-


D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda la REPOSICION DE LA CAUSA al estado de notificar nuevamente a la parte demandante y citar a la parte demandada ciudadano ALI ANTONIO COLMENAREZ COLMENAREZ, para que comparezcan al Acto Conciliatorio que se efectuara a las 10 :00 a.m., al tercer (03) día de Despacho siguiente a la fecha que conste en autos su citación, más un (01) que se le concede como termino de distancia, y de contestación a la demanda en horario comprendido de 8:30 a.m., a 3:30 p.m., en consecuencia se acuerda Comisionar al Juzgado del Municipio Ospino de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. Líbrense boletas y oficio. ASÍ SE DECIDE.

Regístrese y Publíquese.

Dada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los OCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE. Años 199° y 150°.

La Jueza,


Abog. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
PPG/EMJV/Amny M-