PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 17 de Septiembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO : PP01-S-2009-000451
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Carlos Enrique Galea Seijas, y Elys María Escobar Salguero venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 14.570.405 y 19.814.532 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento del Régimen de Convivencia Familiar del ciudadano Carlos Enrique Galea Seijas, en beneficio de su hijo: ...........................(1) año de edad, el padre buscara a su hijo en el hogar de la madre, cada quince (15) días desde los viernes a las 4:00 pm. y lo entregara a la madre en la misma dirección, los lunes a las 9:00 a.m. El padre y la madre se obligan en lo que respecta a los días feriados, vacaciones y asuetos regionales y nacionales, serán compartidos en forma alternativa y en forma conciliada por cada uno de los progenitores. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.
El Secretario,
Abog. Elsy Moraima Jurado .
m.j.
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