PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 18 de Septiembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO : PP01-S-2009-000456
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Antonio José Valdez Perdomo y Elvia María Pérez González venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 10.050.104 y 10.729.814 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento del Régimen de Convivencia Familiar del ciudadano Antonio José Valdez Perdomo, en beneficio de su hija: ........................de doce (12) años de edad, el padre buscara a su hija en el hogar de la madre, cada quince (15) días, un fin de semana al mes desde el viernes a las 6:00 p.m. hasta el domingo a las 7:00 p.m. En vacaciones de carnaval, semana santa y diciembre la adolescente compartirá de manera alterna con sus progenitores. En vacaciones escolares la adolescente podrá compartir un mes en el hogar de su padre. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.
El Secretario,
Abog. Elsy Moraima Jurado .
m.j.
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