PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 30 de septiembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: PP01-S-2009-000479
Visto el acuerdo celebrado por los ciudadanos ADA SANDOVAL y YONNY SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 19.187.327 y 16.208.227 respectivamente, por ante la Defensa Publica para el Sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del estado Portuguesa, sobre el EJERCICIO DE LA CUSTODIA en beneficio de la niña .......................................... y el niño ........................................., la madre delega la custodia de manera temporal de sus hijos ya identificados al padre antes identificado; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña y el niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescentes.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
El Secretario,
Abog. Alfredo Jose Oropeza.
Alfredo. -
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