Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Norielis del Carmen García Villegas y Mario Yucet Arrieta Gudiño, por concepto de Obligación de Manutención, por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de este Municipio Sucre del Estado Portuguesa, en beneficio del niño: xx, en donde ambas partes acordaron que el padre del niño ciudadano: Yucet Arrieta Gudiño, se compromete a pasarle la cantidad de cuatrocientos bolívares (Bs. 400,oo) mensuales, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro en la entidad Bancaria Banfoandes, en cuanto a los útiles escolares serán cancelados por ambas partes, así como vestuario y calzado en el mes de diciembre y cubrir la mitad de los gastos por concepto de consultas médicas, tratamiento médico y medicinas