DECISIÓN
Por los motivos y razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR la solicitud de la Obligación de manutención formulada por la ciudadana KARINA YAJAIRA VILLEGAS ZAPATA en contra del ciudadano REINALDO ALFONSO DIAZ PEREZ
2) Se fija la obligación de manutención en la cantidad de BOLIVARES QUINIENTOS (Bs. 500, oo) mensuales, que el padre deberá entregar a la madre de su hija en dinero en efectivo los días últimos de cada mes
3) ; en cuanto a los gastos por el mes de Septiembre y Diciembre de cada año, se acuerda por este sentencia la obligación el padre de hacer los gastos para la primera quincena del mes de Septiembre de cada año de uniformes y útiles escolares que la niña necesite para cada periodo escolar, se establece igualmente la obligación del padre de hacer los gastos que sean necesarios por el mes de Diciembre de cada año en beneficio de la niña de ropa y zapatos que ella pueda necesitar por la época Decembrina, tal como lo ofreció ante este Tribunal.
4). Por ultimo, en cuanto a las medicinas, se establece la obligación de ambos padres de ayudar a su hija, cubriendo cada uno el 50 % de los gastos por medicinas en caso de que la niña presente alguna enfermedad o dolencia, para lo cual la madre Debra presentar el recipe medico o informe al padre de la niña.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada, en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, a los nueve (09) días mes de Abril del año dos mil diez. Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez del Municipio
Abg. Lisandro Valero Paredes
La Secretaria
Abg. Francisca González de Trabiezo
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos, se publico la presente sentencia siendo las12:00 del día. Conste
La Secretaria
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