PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 22 de Abril de 2010
200º y 151º

ASUNTO: PH05-V-2006-000186


Por cuanto esta Juzgadora conoce del Asunto Civil N° PH05-V-2006-000285, Motivo: Cesión de Guarda, en beneficio del niño Jackson José Tovar Colmenares, siendo las misma partes del presente juicio; y en virtud de haber entrevistado a las partes en el asunto antes mencinado emitiendo recomendaciones; es por lo que esta juzgadora se Inhibe de la presente causa a tenor de lo pautado en el artículo 82, ordinal 9º del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 84 ejusdem; en consecuencia remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. Y Así Se Decide.

La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías.
La Secretaria Temporal,


Abg. Mabel Mejías Andueza.

PPG/MMA/Leomary*