REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION

Guanare 27 de Agosto de 2010
Años 200° y 151°

N° 40-10
Causa N° 2E-228-08.

Visto el Oficio Nº 1374 de fecha 25/08/2010, suscrito por el Penado FERRER SANCHEZ LUIS EDUARDO, titular de la cedula de identidad N° 17-.881.255, mediante el cual solicita le conceda un permiso especial para asistir al bautizo por la iglesia católica de su hijo Brayan Eduardo Silva, el día 03 de Septiembre 2010 en la siguiente dirección: Urbanización la Corteza, calle 5, Av. Rómulo Betancourt, Vereda 1, Acarigua Estado Portuguesa, casa del Sr. Delio Silva, teléfono: 0426-3527983, lugar donde pernoctare junto a mi esposa Deyanira Silva Terán, este Tribunal a los fines legales observa:

Establece el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario que la salida transitoria procede en los siguientes casos:

a) Enfermedad grave o muerte del cónyuge, padre e hijos;
b) Nacimiento de hijos;
c) Gestiones personales no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión; y
d) Gestiones para la obtención de trabajo y alojamiento ante la proximidad de su egreso

Estima quien aquí decide que la solicitud realizada por el penado Ferrer Sánchez Luis Eduardo, titular de la cedula de identidad N° 17-.881.255, se encuentra fundamentada en el literal “C” del artículo 62 de la Ley in comento, ya que ese día se efectuara el bautizo de su hijo, tal como lo señaló anteriormente mediante oficio la Defensa, motivos que lo hacen acreedor de la salida transitoria solicitada por encontrase dentro de los supuestos señalados en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario. Así se decide.

Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la solicitud de salida transitoria del penado Ferrer Sánchez Luis Eduardo, titular de la cedula de identidad N° 17-.881.255, por estar llenos los extremos en los artículos 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, a partir del día 03 de Septiembre de 2010 a las 7:00 de la mañana debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal el día 05 de Septiembre de 2010 a las 05:00 de la tarde. Regístrese, notifíquese, déjese copia y ofíciese lo conducente.

Juez de Ejecución N° 2

Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria

Abg. Elys Aldana


Seguidamente se dio cumplimento a lo ordenado Conste.
Stría;