Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ SILVA, ya identificado, por no haberse configurado el delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 Tercer y Cuarto Aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, perpetrado en perjuicio de la adolescente cuyo nombre se omite por razones de ley, en virtud que no pudo la Fiscalía del Ministerio Publico ni siquiera demostrar el cuerpo del delito.

No se condena en costas al Estado Venezolano, tal como se estableció en la Sentencia N° 1238 de fecha 30/09/09, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con Ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales.
Se hace cesar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera decretada en su oportunidad, y en consecuencia, se acuerda la Libertad Plena del ciudadano MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ SILVA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la decisión dictada para su archivo respectivo en el Copiador de Sentencias Definitivas llevado por el Tribunal. Igualmente notifíquese a las partes de la publicación del texto íntegro de la presente sentencia, en virtud que la misma fue publicada fuera del lapso establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencias.

Sellada y firmada, en la sede del Tribunal de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en la ciudad de Acarigua, a los veinticuatro (24) días del mes de agosto del año 2010.