REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
Visto que desde los folios 82 al 85 ambos inclusive, cursan copias certificadas de Informes Psiquiátricos suscritos por el Medico Psiquiátrico Oswaldo José Nava Marín, C.I: 4342574, MS. 25153, en relación a los acusados JAIRO ABRAHAM RODRIGUEZ PINEDA, titular de la cedula de identidad 18.843.868 y ELI SAM RODRIGUEZ PINEDA, titular de la cedula de identidad N° 18.800.318, en los cuales se concluyó:
1.- “El ciudadano Jairo Abraham Rodríguez Pineda, es portador de ENFERMEDAD MENTAL PSICOTICA DE JUICIO N° 04 PROBABLE ORIGEN ORGANICO, actualmente descompensad y sin tratamiento. Amerita urgentemente de tratamiento psicofármacológico y atención adecuada en un centro u hospital para enfermos mentales. Así también conviene realizar pruebas diagnosticas como electroencefalograma y resonancia magnética cerebral”.
2.- “Eli Sam Rodríguez Pineda es portador de TRASTORNOS MENTAL ORGANICO PSICOTICO, con probable foco epiléptico con sintomatología compleja actualmente en fase aguda. Amerita urgentemente la atención especializada y el conveniente tratamiento psicofármaco lógico conveniente en un centro de atención para enfermos mentales”.
En consecuencia este Tribunal de conformidad a lo establecido en el art. 128 del Código Orgánico Procesal Penal, declara la incapacidad de los acusados JAIRO ABRAHAM RODRIGUEZ PINEDA, titular de la cedula de identidad 18.843.868 y ELI SAM RODRIGUEZ PINEDA, titular de la cedula de identidad N° 18.800.318, y se SUSPENDE el proceso hasta tanto desaparezca la referida incapacidad. Se deja constancia que los referidos acusados, se encuentran actualmente recluidos en la Unidad Psiquiátrica de Agudos del Hospital Luís Gómez López, ubicado en la carrera 17 con calle 12, Barquisimeto Estado Lara, por orden del Tribunal de Juicio N° 02 de este mismo Circuito Judicial Penal.
Regístrese, déjese copia y líbrese lo conducente.
El Juez de Juicio Nº4
Abg. Omar Fleitas Flores
La Secretaria
Abg. Yolimar Pérez López