PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, tres de agosto de dos mil diez.
200º y 151º


ASUNTO: PP01-L-2009-000277


IDENTIFICACION DE LAS PARTES

PARTE ACTORA: JEAN CARLOS NOGUERA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 21.023.930.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: REINALDO ROMERO y YOSELYN MARGARITA SANDREA MARTINEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros: 56.834 y 60.608.

PARTE DEMANDADA: AGUAS DE PORTUGUESA S.A., TRATAMIENTO CONSTRUCCION Y GERENCIA T.C.G. C.A. y GONBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA

APODERADOS DE LA PARTE CO- DEMANDADA: TRATAMIENTO CONSTRUCCION Y GERENCIA T.C.G. C.A., abogadas BETTY TERAN, YAMILETH TERAN y ELIZABETH LUCENA, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros: 52.983, 144.919 y 134.483.

APODERADO JUDICIAL DE LA GOBERNACION DEL ESTADO PORTUGUESA: abogado EFIGENIO ESTILITO CORDOVA BENITEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 135.614.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.



INICIO AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día hábil de hoy, martes 03 de agosto de 2010, siendo las 09:30 A.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el ciudadano alguacil de guardia anuncio en la sala de espera del circuito judicial el comienzo del acto a la hora fijada y este Juzgado deja constancia de la comparecencia de la hoy demandada TRATAMIENTO CONSTRUCCION Y GERENCIA T.C.G. C.A., a través de sus apoderadas, abogadas Betty Terán, Yamileth Terán, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros: 52.983 y 144.919. y AGUAS DE PORTUGUESA S.A., a través de su apoderado judicial Efigenio Cordova, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 135.614, asimismo este Juzgado deja constancia de la incomparecencia de la Procuraduría del estado, quine no se hace parte. Este Juzgado deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA del demandante ciudadano Jean Carlos Noguera, Titular de la Cedula de Identidad N° 21.023.930, quien no se hace presente ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el presente procedimiento y terminado el proceso. Las partes asistentes solicitan copia simple de la presente acta, solicitud que es acordada. Leída la presente acta conforme firman.


La Juez


Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez


Por la parte demandada.

Abg. Betty Terán.

Abg. Yamileth Terán

La Secretaria.
Abg. Efigenio Cordova

Abg. Ana Colmenares.