PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 2 de agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO : PP01-S-2010-000406

Vista la solicitud formulada por la ciudadana CARMEN ELENA FUENTES GRANADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.130.015, asistida por la Abogada LORENA GIULIANA RAMONIS ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 134.139. Con vista de las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acorde con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad otorgada a los jueces según lo previsto en el articulo 508 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de acuerdo a lo pedido y dejando a salvo los derechos a terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el articulo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientes para asegurar a las ciudadanas CARMEN ELENA FUENTES GRANADO, JHOANA DEL CARMEN AZUAJE, a los adolescentes ..................., y al niño ....................., antes mencionados su condición de HEREDEROS del causante CARLOS GILBERO ACOSTA, quien falleció ab-intestato en fecha 22 de Julio del 2009, en la Carretera Nacional Troncal 5, Sector Carrizalito San Rafael de Onoto estado Portuguesa. Devuélvanse originales con sus resultas. Asimismo se acuerda la expedición de cuatro copias certificadas de las presentes actuaciones solicitadas.

La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza del Tribunal de Mediación y sustanciación.

La Secretaria Temporal,
Abg. Liliana Belén Barreto Arteaga.