REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 5 de agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO : PP01-V-2010-000358

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos EDGAR ALEXANDER PINEDA SUAREZ y OLEIDA YASMIN APONTE VAZQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 16.964.814 y 18.670.032, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha en la única audiencia preliminar, en relación al presente asunto por motivo de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, en beneficio del niño .................., de dos (02) años de edad, el cual ha sido fijado de la siguiente manera: “El ciudadano antes identificado, en este acto reconoció como su hijo, al niño ..............., de dos (02) años de edad y posteriormente se comprometió ar onocer al referido niño ante la oficina de Registro Civil de Nacimientos del Hospital General Universitario Dr. Miguel Oraá de esta ciudad de Guanare y una vez realizado dicho reconociendo, consignara copia de la misma”. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Asimismo, se acuerda el desglose de la partida de nacimiento original que riela al folio Nº 09 y en su defecto se deja copia simple de la misma. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías


La Secretaria Temporal,
Abg. Mabel Mejías Andueza
PPG/mma/Ma. Alexandra.-