REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 22 de diciembre de 2010
Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de divorcio intentada por MOICÉS ANTONIO MELÉNDEZ ARMADO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casado, chofer, domiciliado en Santa Rosalía y titular de la cédula de identidad V 5.365.888, contra SIOMARA DE JESÚS TOBOZA MÉNDEZ DE MELÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en El Playón y titular de la cédula de identidad V 9.842.866, se constata que desde el 19 de junio de 2008 cuando el alguacil consignó la compulsa que se le había entregado para la citación de la demandada, ha transcurrido mas de un año sin que se impulse el procedimiento, por lo que según lo que dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe forzosamente declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de divorcio intentada por MOICÉS ANTONIO MELÉNDEZ ARMADO contra SIOMARA DE JESÚS TOBOZA MÉNDEZ DE MELÉNDEZ, ya identificados.
El Juez

Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria

Abg. Nancy Galíndez de González