REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 8 de diciembre de 2010
Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación
En la causa iniciada por demanda de indemnización de daños materiales sufridos en accidente de tránsito, intentada por RICHARD ANDERSON MONTAÑEZ RUIZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, comerciante, domiciliado en San Cristóbal y titular de la cédula de identidad V 15.437.177 contra JOSÉ ARGENIS CARRILLO MORENO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en San Cristóbal y titular de la cédula de identidad V 3.008.300, se constata que desde el 18 de junio de 2007 cuando la representación judicial del actor, solicitó copia certificada del libelo de la demanda, del auto de admisión y del auto en el que se fijó la fianza, ha transcurrido mas de un año sin que se impulse el procedimiento, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de indemnización de daños materiales sufridos en accidente de tránsito, intentada por RICHARD ANDERSON MONTAÑEZ RUIZ contra JOSÉ ARGENIS CARRILLO MORENO, ya identificados.
El Juez
Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria
Abg. Nancy Galíndez de González