REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. SEDE ACARIGUA

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO

En fecha 08 de diciembre de 2010, siendo las 09:00 a.m., hora y oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y pública, en la causa, signada con el Nº PP21-L-2010-000368 seguida por los ciudadanos ARGENIS FREITEZ GUZMAN y ELAUTERIO FREITEZ contra DESARROLLO DONATELLO C.A, PLANTACIONES HERBLAS C.A. y REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A., por motivo de cobro de prestaciones sociales. El acto fue anunciado por el alguacil, a la puerta de la sala de audiencia. Se declaró constituido el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, con la presencia de la ciudadana Jueza abogada GABRIELA BRICEÑO VOIRIN, con la asistencia de la Secretaria designada abogada EHILIN ROMERO y del Alguacil JOSE GREGORIO PEREZ, por lo cual se dio inicio a la audiencia. Se dejó constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevaría a cabo por el Técnico Audiovisual JEAN FRANCO ESPINOZA. La Secretaria certifico la incomparecencia de los demandantes ciudadanos ARGENIS FREITEZ GUZMAN y ELAUTERIO FREITEZ, titulares de la cédula de identidad Nº 16.737.689 y 2.606.836, quienes no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por otro lado, se dejó constancia de la comparecencia de las co-demandadas DESARROLLO DONATELLO C.A, representada judicialmente por la abogada CAROLINA RIVERO, titular de la cedula de identidad N° 13.906.214, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 130.293, REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A. representada judicialmente por los abogados JESUS ALFREDO LOPEZ POLANCO Y MARISA ROMEO, titulares de la cedula de identidad N° 4.170.657 y 9.840.253, inscritos en el inpreabogado bajo el N° 16.270 y 42.369 y PLANTACIONES HERBLAS C.A. representada judicialmente por la abogada NORIS TAHAN, titular de la cedula de identidad N° 5.956.261, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 26.748. Acto seguido, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley procede aplicar las consecuencias contenidas en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declarando desistida la acción en ocasión a la incomparecencia de la parte actora a la presente audiencia de juicio. Es todo, concluye el acto y conforme firman los presentes.

La Jueza.


Abg. Gabriela Briceño Voirin La Secretaria.

Abg. Ehilin Romero Graterol


Apoderado Judicial de la codemandada Desarrollo Donatello C.A.


Apoderado Judicial de la codemandada Plantaciones Herblas C.A.


Apoderados Judiciales de la codemandada Reforestadora Dos Refordos C.A.,



El Técnico Audiovisual



Alguacil