PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 16 de diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO : PH05-V-2008-000312

Visto el reconocimiento voluntario del niño ********, de dos (02) años de edad, realizado por su padre el ciudadano ORLANDO JOSE VALERA CAMACHO, titular de la cédula de identidad No 17.259.389, por ante la Unidad Hospitalaria de registro Civil de Nacimientos del Hospital General Universitario “Dr. Miguel Orará” de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, en fecha 15 de Diciembre del 2010 (según consta en la partida de nacimiento cursante al folio 83), y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente Se acuerda expedir copia del presente auto de homologación.



La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías


La Secretaria,


Abg. Hirbeth de Henríquez.
Milanyela p.