PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 7 de diciembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-V-2010-000633

DECRETO:
Vista la manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos WILBER VIOMAR CATIRE MEDINA y MARIA DE LOS ANGELES VILLEGAS RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.068.773 y 15.332.245, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogada en ejercicio SILVIA DEL CARMEN PERDOMO RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 134.278. Se declara dicha separación en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos conforme a lo establecido en el Artículo 189, del Código Civil Venezolano. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren menester a los efectos del articulo 507 ejusdem, insértese una copia de la solicitud que encabeza estas actuaciones y de éste Decreto en los Libros de Matrimonio llevados por ante el Concejo Municipal del Municipio Guanare del estado Portuguesa, para lo cual se acuerda remitir oficio y copia certificada.

La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías


La Secretaria,

Abg. Hirbeth De Henríquez
///Carlos Cedres.