PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, veintisiete de enero de dos mil diez
199º y 150º



N° DE EXPEDIENTE: PP01-L-2009-000366

PARTE ACTORA: ENDIXON ELISUR ARIAS RIVAS, venezolano, mayor de edad y Titular de la cedula de Identidad N° 19.814.509.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Betty Terán y Elizabeth Lucena, inscritas en el I.P.S.A. bajo el N° 52.983 y 134.483.

PARTE DEMANDADA: Finca El Sunsun.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: José Adrián Vásquez, Jorgicel Sabrina Torres y Maria Beatriz Martínez Riera, inscritos en el I.P.S.A. bajo el N° 46.050, 127.551 y 50.370.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy, miércoles 27 de enero de 2010, siendo las 10:30 A.m., oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el ciudadano alguacil de guardia anuncio en la sala de espera del circuito judicial el comienzo del acto a la hora fijada y este Juzgado deja constancia de la incomparecencia del actor, quien no se hace presente ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, este Juzgado deja constancia de la comparecencia de la hoy demandada, abogada Maria Beatriz Martínez Riera, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°.50.370, y Jorgicel Sabrina Torres Oraa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°.127.551, según consta en Poder que riela en el presente expediente. Ante la incomparecencia de la parte demandante este Juzgado aplica las consecuencias jurídicas, establecida en el artículo 130 de la Ley orgánica Procesal del trabajo, declarando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena el cierre y archivo del expediente y la devolución a las partes del material probatorio, una vez que quede firme la presente decisión. Leída la presente acta conforme firman.

La Juez


Abg. Delivett Zujeidy Quevedo Vázquez



Por la parte demandada.


Abg. Beatriz Martínez.

Abg. Jorgicel Sabrina Torres Oraa
La Secretaria.

Abg. Josefa Virginia Carmona.