Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JOSÉ LUIS VALERA y DELEITA DEL CARMEN DÍAZ, titulares de la cédula de identidad Nros. 14.865.397 y 14.384.833 respectivamente, en beneficio de sus hijos: xx y xx. Seguidamente el ciudadano: JOSÉ LUIS VALERA, Ofreció pasarle a sus hijos la cantidad de doscientos bolívares (Bs. 200,oo) mensuales como lo ha vendido haciendo y con respecto a los útiles escolares y uniformes se comprometió a comprarlos personalmente en la primera quincena del mes de septiembre de cada año, igualmente se comprometió a comprar los estrenos en el mes de diciembre de cada año y los medicamentos en caso de enfermedad serán compartidos por ambas partes