PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 19 de enero de dos mil diez
199 y 150
ASUNTO: PP01-L-20090000389
PARTE DEMANDANTE: HERNANDEZ CARLOS JOSE, titular de la cedula de identidad Nº V-9.402.241.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FANNY LOPEZ , ADIB BRICEÑO TORRES, inscrito en el Inpreabogado Nº 134.164
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA GICAS
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARITZA SILVA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES


En el día hábil de hoy , martes 19 de Enero del 2010, siendo las 9:30 a.m., se presentan ante este despacho las partes; HERNANDEZ CARLOS JOSE accionante sus abogados; FANNY LOPEZ , ADIB BRICEÑO TORRES, El representante legal de la empresa demandada; GIANCARLO CASTELLAZZI FERNANDEZ, su apoderado de la Parte accionada; MARITZA SILVA, suficientemente identificados y facultados para actuar en esta causa, Se dio inicio a la Audiencia Preliminar, el Juez procedió a impartir las normas que servirán de base a la misma. Se les dio el derecho de palabra a ambas partes quienes expusieron en forma sucinta las pretensiones, alegatos a la defensa y puntos de vista sobre el asunto ventilado. El Juez realizó todas las funciones que como mediador le correspondía obteniendo como resultado que las partes de mutuo acuerdo decidieran realizar una transacción que se regirá por las cláusulas siguientes ,con el propósito de efectuar una transacción mediante uno de los medios de auto composición procesal hacen el siguiente planteamiento, el apoderado del accionando manifiesta pagar en este acto la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,oo) el cual lo hace17 DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO : en cheque a nombre del trabajador, La parte accionante manifiesta su conformidad con el pago planteado e indica en este acto el accionante que considdera pagado con el monto indicado el pago de los conceptos laborales y de sus prestaciones sociales reclamadas en el libelo, Ambas partes están de acuerdo y reconocen que nada se debe por conceptos de Honorarios Profesionales generados con ocasión del presente proceso contenido en la presente acta. El demandante reconoce en este acto que nada más tiene que reclamar, por los conceptos especificados en el libelo de demanda, ni por ningún otro, que aún cuando no este incluido en la presente transacción, tal exclusión se debe a que no le correspondía. Igualmente ambas partes están conformes que con la firma de la presente transacción nada se deben por intereses moratorios, indexación, del presente proceso. Las partes acuerdan que cualquier cantidad de mas o de menos que haya sido acordada en este acto queda en beneficio de la parte a quien le favorezca y solicitamos al ciudadano Juez, se sirva decretar la Homologación de la transacción contenida en la presente acta. Acto seguido el ciudadano Juez, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en vista de que la mediación ha sido positiva, producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, ya que los acuerdos tienden a garantizar una resolución armoniosa de la controversia a que se refiere el proceso, no siendo contraria a derecho, por no contener la misma la renuncia a derechos irrenunciables derivados de la relación de trabajo y por cuanto no vulnera normas de orden público, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA el presente acuerdo y le da el carácter de cosa juzgada y ordena el cierre y archivo del asunto una vez conste el pago de lo acordado a favor del accionante en esta causa .Igualmente se acuerda las copias certificadas del acta a las partes. Es todo, se leyó y conforme, firman.


El Juez

Abg.Rafael I. Gainze M.
El Accionante



Apoderado judicial del actor




El representante legal de la accionada Abogado de la accionada




La Secretaria,
Abg.Cirley Viera