REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Guanare, diecinueve (19) de febrero de 2010.
199° y 150°

EXPEDIENTE N°: 2187


DEMANDANTE: CARLOS CDEÑO AZOCAR (coapoderado judicial de los ciudadanos FLORIPE ANTONIO FERNANDEZ, SILVESTRE ANTONIO TERAN y TOMAS ANTONIO GARCIA TORO


DEMANDADO: MARIIEXI DEL CARMEN ROSALES PIMENTEL, titular de la cedula de identidad N° 7.307.621.

MOTIVO: INTIMACION Y ESTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.

TERMINADO POR: DESISTIMIENTO.


Vistas y revisadas las actas que conforman el presente expediente, identificado con el N° 2187, en el juicio que por INTIMACION Y ESTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue por ante este Tribunal el abogado CARLOS CEDEÑO AZOCAR, titular de la cédula de identidad N° 8.067.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.364 , en su carácter de coapoderados judicial de los ciudadanos FLORIPE ANTONIO FERNANDEZ, SILVESTRE ANTONIO TERAN y TOMAS ANTONIO GARCA TORO, contra el ciudadano MARIEXI DEL CARMEN ROSALES PIMENTEL, en especial la diligencia que corre folio veintidós (22) suscrita por la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento, así mismo solicita se homologue el presente procedimiento, y se ordena el archivo del presente expediente, este Tribunal para resolver observa:

Se evidencia de autos que existe un juicio seguido por el ciudadano CARLOS CEDEÑO
AZOCAR, titular de la cédula de identidad N° 8.067.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.364, en su carácter de coapoderado judicial de los ciudadanos FLORIPE ANTONIO FERNANDEZ, SILVESTRE ANTONIO TERAN y TOMAS ANTONIO GARCA TORO, plenamente identificado supra, de igual forma se observa el desistimiento de la parte actora, en tal sentido quien aquí decide en fiel acatamiento a la disposición legal contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto considera llenos los extremos de la Ley para homologar el respectivo Desistimiento, es por lo que se procede en Nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley a HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO realizado en la presente causa, en la forma como ha sido planteada. Se ordena el archivo del presente expediente. Y así se decide.
La Jueza Titular

Abg. María Elena Briceño Bayona

La Secretaria

Abg. Magaly Pérez

Exp. N° 2187.
Violeta.