PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 26 de Febrero de 2010
199º y 151º


ASUNTO: PP01-V-2009-000670

Por cuanto se evidencia en el auto suscrito en el día de hoy que la parte demandante no compareció al Primer Acto Conciliatorio, de conformidad con la última parte del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguido el proceso y se acuerda el archivo del expediente.-


La Jueza,


Abog. Pastora Peña Garcías

La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
PPG/EMJV/Amny M.-





PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 26 de Febrero de 2010
199º y 151º


ASUNTO: PP01-V-2009-000670

Por cuanto se evidencia en el auto suscrito en el día de hoy que la parte demandante no compareció al Primer Acto Conciliatorio, de conformidad con la última parte del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguido el proceso y se acuerda el archivo del expediente.-


La Jueza,


Abog. Pastora Peña Garcías

La Secretaria,

Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
PPG/EMJV/Amny M.-