PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZA UNIPERSONAL N° 1
Guanare, 05 de Enero de 2010
199º y 150º

ASUNTO : PP01-S-2009-000731

Vista la solicitud formulada por la ciudadana GUSMARY CAROLINA MATERA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.905.409, domiciliada en Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, vistas las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acorde con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad que le da a los jueces la norma contenida en el articulo 508 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, como se pide y dejando a salvo los derechos de terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el articulo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientes para asegurarle al adolescente ............... y a los ciudadanos GUSLEIDY KARINA MATERA FERNANDEZ, GUSTAVO ENRIQUE MATERA FERNANDEZ y GUSMARY CAROLINA MATERA FERNANDEZ, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GUSTAVO ENRIQUE MATERA DURAN, quien falleció ab-intestato el treinta y uno (31) de Agosto de 2009, en el Municipio Sucre estado Portuguesa. Devuélvanse originales con sus resultas y cuatro (04) copias certificadas a la solicitante.-
La Jueza,

Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez

El Secretario,

Abog. Alfredo José Oropeza Saavedra
HROY/AJOS/Amny M.-