REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

Nº 05 -10
Causa Nº 2E-410-10

Recibida como ha sido la presente causa, seguida contra el ciudadano: TONY ARTURO MONSALVE, venezolano, natural de Guanare, obrero, soltero, de 30 años de edad, nacido en fecha 08-09-1979, titular de la cedula de identidad Nº 16.210.011, residenciado en el barrio La Peñita, Avenida Guaicaipuro, casa Nº 067, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458, en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal, observándose que a los fines de la Ejecución la sentencia esta es de naturaleza absolutoria, por lo que es procedente el archivo definitivo de la presente causa, previa la destrucción de la evidencia material consistente en un artefacto de fabricación rudimentaria similar a un arma de fuego, descrita en la experticia 9700-057-443, que riela al folio 13 de la primera pieza de la presente causa y que se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Guanare, relacionada con el expediente G- 363.089. En consecuencia ofíciese lo conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a objeto de que proceda a la destrucción del objeto aquí indicado. Cúmplase

La Juez de Ejecución Nº 2,


Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli

La Secretaria


Abg. Omly Soto

Seguidamente se cumplió con lo ordenado. Conste
Stria.