REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN ACARIGUA.

Visto que para el día de hoy, trece (23) de julio de 2010 a las 10:00 horas de la mañana, se encontraba fijada la reanudación del debate oral y público en el juicio seguido al acusado NAURIS COROMOTO HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, el Tribunal observa:

Que siendo las 11:30 horas del de la mañana del día de hoy, con una hora y treinta minutos de espera se solicitó a la secretaria que constatará la presencia de las partes; quién señaló la presencia del Fiscal del Ministerio Público, Abogado Pedro Romero, indicando la inasistencia del Abogado YONNY AROCHA, actuando como defensor privado del acusado NAURIS COROMOTO HERNANDEZ.

Ahora bien, vista la incomparecencia de todas las personas señaladas anteriormente a la reanudación del juicio oral y publico y siendo éste el último día hábil del lapso establecido en la ley para reanudar el debate iniciado el día 16/06/2010, este Juzgado de Juicio N° 4, constituido en Tribunal Unipersonal del Segundo Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO y en consecuencia quedan NULAS todas las actuaciones realizadas en el desarrollo de la audiencia anterior. Se acuerda nuevamente su inicio para el día 20 de agosto de 2010 a las 10:45 horas de la mañana. Líbrese lo conducente.

Notifíquese, regístrese y déjese copia

El JUEZ DE JUICIO Nº 1

ABG. OMAR FLEITAS FLORES

LA SECRETARIA

ABG. YOLIMAR PEREZ LOPEZ