Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MARÍA ELOINA QUIROZ y BRUNO ANTONIO MEJÍA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.970.923 y 9.405.048, respectivamente, en beneficio de su hija: xx. Seguidamente el ciudadano, Bruno Antonio Mejía, estuvo de acuerdo en pasarle a su hija, la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250,oo) mensualmente y el doble en los meses de septiembre y diciembre de cada año, para gastos de útiles escolares, uniformes y gastos decembrinos, dichas cantidades de dinero las consignará el primer martes o miércoles de cada mes, a partir del mes de agosto del presente año;