PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 23 de julio de 2010
200º y 151º

ASUNTO : PP01-H-2010-000026

Vista la conciliación celebrada 21-07-2010 entre los ciudadanos YONNY OLIMAC BERRIOS PRINCIPAL Y MIRLA JOSEFINA BRACAMONTE COYANTES, titulares de las cédulas de identidad Nros 13.119.252 y 19.185.864, respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público especializada para del Protección al Niño, Niña, Adolescente Civil e instrucción Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el establecimiento de la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN del padre en beneficio del niño .............., de nueve (09) años de edad, la cual ha sido fijada a la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.200,00) mensuales por concepto de Obligación de Manutención, los cuales los entregara a la madre con acuse de recibo. Respecto a los gastos de educación el padres se compromete a comprar los útiles escolares y la madre el uniforme escolar. En el mes de Diciembre ambos padres cubrirán los gastos de estrenos y juguetes que requiera el niño en el referido mes. Por otro lado se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicina, atención medica, vestido, calzado, recreación y otros; proporcionalmente cada uno de ellos. Por otro lado las partes acuerdan que esta obligación de manutención será ajustada cada vez que el Ejecutivo Nacional, aumente el salario mínimo urbano, obligándose las mismas por medio de la presente conciliación a la homologación en cada oportunidad por ante la juez competente. el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda expedir copia certificada de la presente homologación a las partes. Se acuerda el cierre del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.
PPG/em/cm.-