REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 23 de julio de 2010
200º y 151º


ASUNTO : PP01-H-2010-000028

Vista la conciliación celebrada en fecha 21-07-2010 entre los ciudadanos YONNY OLIMAC BERRIOS PRINCIPAL Y MIRLA JOSEFINA BRACAMONTE COYANTES, titulares de las cédulas de identidad Nros 13.119.252 y 19.185.864, respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público especializada para del Protección al Niño, Niña, Adolescente Civil e instrucción Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio del niño ......................, de nueve (09) años de edad, mediante el cual el padre tendrá un régimen de convivencia amplio, pudiendo compartir con su hijo cada vez que venga de permiso, siempre que no obstaculice las clase del niño. El periodo escolar será compartido de por mitad entre los padres. Semana santa y carnaval y cualquier otro día feriado serán alternos entre los padres al igual que las semanas de 24 y 31 de diciembre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.


La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,

Abg. Elsy Moraima Jurado Verde.
PPG/em/cm.-