REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 30 de julio de 2010
200º y 151º


ASUNTO : PP01-V-2010-000329

Visto el desistimiento de la acción realizado por la ciudadana ROSA ANGELINA SANCHEZ MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula e identidad Nº 13.959.582, asistida por la Abogada Norelys Maryoris Daza de Moro, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 134.541. Este Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia. En consecuencia, se acuerda la devolución de los documentos originales insertos a los folios Nros 07, 08 y 09, en su defecto dejar copias en fotostato de los mismos y se ordena el cierre del presente expediente. Remítase al Archivo Judicial.


La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías

La Secretaria Temporal,


Abg. Liliana Belén Barreto.
PPG/lbb/Ma. Alexandra.-