REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN JUICIO


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 29 de Julio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: PP01-V-2009-000098

El Tribunal previo análisis de todas las actuaciones que conforman la presente causa, ha podido constatar que la Abogada Zoraida Herrera, inscrita en Inpreabogado bajo el N° 108. 324, en su condición de defensora judicial de la ciudadana JOSSIBEL MARIAN GRANADILLO GIL, no promovió pruebas, causando indefensión a la parte demandada, circunstancia que de no subsanarse afectaría la validez del proceso, por contravenir normas procesales fundamentales, como el derecho a la defensa, garantía judicial constitucional del Debido Proceso, y así como también afectar derechos e intereses del niño ..............................., en consecuencia este Tribunal procede a reponer la causa al estado de designar nuevamente Defensor Judicial, y así se declara.

D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda la REPOSICION DE LA CAUSA al estado de fijar nuevamente al estado al estado de designar nuevamente Defensor Judicial. ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil diez. Años 200° y 151°.

DIOS Y FEDERACION
La Jueza,



Abg. Haydee Oberto de Colmenares

La Secretaria,


Abg. Andreina Marrelli
HOC/AM/lenny M-
Asunto: PP01-V-2009-000098