En el asunto Nº PP11-D-2010-00357,seguido al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, se impone las Medidas Cautelares previstas en el artículo 582, literales "C" y "F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la LIBERTAD sujeto a las medidas impuestas. Se acuerda la continuación de la investigación bajo los parámetros de la vía ordinaria, Este Tribunal acoge la precalificación jurídica dada por la vindicta pública como es el delito de LESIONES INTENCIONALES GENERICAS, previsto en el artículo 413 del Código Penal Se decreta Flagrante y Legítima la aprehensión de la cual ha sido objeto el adolescente. Se ordena, la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público a los fines de que continúe con la investigación. LÍbrese lo conducente. ASI SE DECIDE.