En el asunto Nº PP11-D-2010-00384, seguido al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, al imputársele la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto en el articulo 277 del Código Penal en relación con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en audiencia oral de presentación de detenido celebrada en esta fecha, se impuso MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD establecida en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente qe consiste en la obligación de presentarse periódicamente ante el tribunal cada Veinte (20) días. Se acuerda continuar la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario. Se acoge la pre-calificación Fiscal de los hechos, se acuerda la libertad y la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, a los fines de continuar con las investigaciones. ASI SE DECIDE.