En el asunto PP11-D-2010-000388, previa solicitud presentado por el Fiscal Superior del Ministerio Público de este Estado, abogado Manuel Pèrez Pèrez, se DECRETA MEDIDA DE PROTECCION EXTRAPROCESO, en el sitio donde labora el ciudadano quien figura como víctima: GUERRA VICTOR ARSENIO, en la Unidad Educativa Nacional "Creación Durigua, Sub-dirección, ubicado en la calle 4, con avenida 4, sector Durigua Centro del Municipio Páez del Estado Portuguesa, hasta que finalice el año escolar y una vez que iniciado el mismo se continué con la medida por el lapso de seis (6) meses de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás Sujetos Procesales Se acuerda oficiar a la fiscalía Superior del Ministerio Público y a la Comisaría de la zona policial Nº 2 de los Municipios Páez y Araure. Estado Portuguesa. ASI SE DECIDE.